MINISTRA DE LA CORTE RECHAZA QUE INAI PUEDA SESIONAR SIN INTEGRACIÓN DE SU PLENO

Debido a que no existe un “motivo válido”, la ministra Loretta Ortiz Ahfl estipuló negar la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), organismo que buscaba volver a sesionar y tomar determinaciones.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el acuerdo de la ministra donde se menciona que el INAI solicitó la desaplicación del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), el cual establece que las sesiones del organismo serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco comisionados, incluyendo al comisionado presidente.

“…no se advierte un motivo válido para desaplicar dicha norma, de la que además, subsiste una presunción de constitucionalidad, y que precisamente no es materia de la Litis, lo que conlleva a que no sea posible sujetarla a ningún tipo de escrutinio o análisis para el efecto que se solicita”, detalla el acuerdo.

Asimismo, la ministra indicó que dicho artículo, “no fue impugnado destacadamente”, porque lo único que se reclama en la controversia constitucional interpuesta, es sólo la omisión atribuida al Senado de la República, de nombrar a los tres de los comisionados faltantes.