El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador en materia de fiscalización contra Pío López Obrador, hermano del expresidente Andrés Manuel López Obrador, y un exfuncionario federal presuntamente implicado en la entrega de dinero en efectivo.

La resolución se deriva de una investigación iniciada tras la difusión en 2020 de varios videos en los que se observa a Pío López Obrador recibiendo sobres con dinero. Las imágenes generaron sospechas sobre presunto financiamiento irregular al partido Morena. No obstante, tras cinco años de indagatorias, el INE determinó que no existen pruebas suficientes para acreditar ninguna conducta ilícita.
Durante la sesión, la consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Fiscalización, explicó que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE llevó a cabo una investigación exhaustiva, que incluyó el análisis de movimientos bancarios, registros contables y fiscales, así como peritajes técnicos sobre el material audiovisual.
“Se verificó la trazabilidad financiera en montos bancarios, contables, fiscales. Se analizó documentación soporte y se consideraron peritajes técnicos al material audiovisual. Sin embargo, de ninguno de estos elementos se obtuvo un grado suficiente para acreditar la conducta denunciada”, señaló Humphrey.
El INE también solicitó información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a la Unidad de Inteligencia Financiera, al partido Morena, y al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, además de requerir testimonios de personas directamente vinculadas en los videos. Sin embargo, de acuerdo con el informe, no se acreditaron transferencias bancarias ni flujos financieros irregulares.
La consejera electoral lamentó que el Tribunal Superior de Justicia de la CDMX negara la entrega de información clave solicitada por el Instituto, lo que representó un “obstáculo importante” para profundizar en ciertas líneas de investigación.
El caso fue revisado previamente por la Sala Superior del Tribunal Electoral, que el 28 de octubre de 2020 ordenó al INE continuar las investigaciones bajo el principio de exhaustividad.
Finalmente, el Consejo General del INE aprobó por unanimidad el proyecto de resolución que declara infundadas las denuncias por falta de elementos que permitan establecer con certeza el origen, monto, destino y carácter partidista de los recursos entregados en efectivo.