La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que prohíbe y sanciona las llamadas terapias de reorientación sexual de personas LGBTI+ en todo el país.
“Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, el Pleno aprobó, en lo general, la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y adiciona un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud”, publicó la Cámara Baja en su cuenta de la red social X.
La aprobación del dictamen fue por mayoría y reforma la Ley General de Salud, “para prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual”, conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).
Con esta nueva normativa también se impondrán sanciones de dos a seis años de prisión y multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 103 mil 740 a 207 mil 480 pesos, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie las terapias de reorientación sexual.
Además, aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad.