OTORGA SCJN AMPARO CONTRA PROHIBICIÓN DE CIGARROS ELECTRÓNICOS

En votación dividida la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo en contra del decreto del 31 de mayo del año pasado que prohibió la circulación y comercialización de cigarros electrónicos y cualquier dispositivo electrónico de administración de nicotina. Sin embargo, como no se alcanzó una mayoría calificada, esta decisión solo beneficiará al establecimiento que promovió el juicio.

El amparo fue promovido por la empresa Gastronómica Teopanzolco, en contra de una visita de verificación sanitaria por la que se levantó un acta donde se constató que vendía cigarros electrónicos. El documento estaba fundado en el decreto que prohíbe el comercio de estos dispositivos.

La empresa recurrió al amparo, afirmando que esta prohibición limitaba la libertad de comercio de manera desproporcionada y justificada, a lo que el ministro Javier Laynez Potisek, ponente en este asunto, le dio la razón.

“Esta Segunda Sala concluye que el Decreto impugnado no constituye una medida necesaria porque existen medidas alternativas que, siendo igualmente idóneas para lograr los fines constitucionalmente válidos que se persiguen, resultan menos lesivas para el derecho humano en juego, a saber, la libertad de comercio”, señala el proyecto aprobado.