El día de hoym la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró con ocho votos a favor y tres en contra, invalido el decreto presidencial por el que se clasificó a las obras prioritarias del Gobierno de México como un asunto de seguridad nacional y que fue publicado en noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Es importante recordar que, fue el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) el que presentó en 2021 una controversia constitucional.
Mientras que, el proyecto de resolución corrió a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien planteó como procedente y fundada la impugnación contra el acuerdo presidencial, el ministro consideró que clasificar las obras prioritarias como de seguridad nacional vulnera el derecho a la información y es susceptible de incidir en el ámbito de actuación del INAI.
“Se extraen algunos argumentos suficientes para considerar que la emisión del acuerdo impugnado es susceptible de causar un impacto en el derecho de acceso a la información”, detalla en su proyecto el ministro Alcántara.